La normativa actual establece que en el momento de transformar en indefinido a un cfya ello genera una bonificación de 1500€ al año durante 3 años o de 1800€ al año durante 3 años, en el caso de las mujeres.
Dicha bonificación tiene una peculiaridad y es que si tenemos un cfya realizado con un trabajador que tiene una discapacidad igual o superior al 33% dicha bonificación no es de 1500€ i de 1800€ sino que se otorga bonificación por transformación en indefinido a un trabajador con discapacidad conforme a la siguiente tabla, todo ello en relación al art. 2 de la Ley 43/2006